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dc.contributor.authorChavarri Cordano, Mauricio Fernandoes_ES
dc.contributor.authorChavarri Cordano, Mauricio Fernando
dc.date.accessioned2023-07-03T12:58:37Z
dc.date.available2023-07-03T12:58:37Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.citationChavarri Cordano, M. F. (2022). Informe de expediente Civil N° ACTJUR0035 sobre: Nulidad Acto Jurídico. Informe de expediente Administrativo N° INDEC0494 sobre: Protección al Consumidor [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/18409es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/18409
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractMateria: Indemnización por Daños y Perjuicios Nº de Expediente: ACTJUR0035. El expediente de derecho civil materia de la presente sustentación versa sobre una disputa jurídica relacionada a la nulidad de un acto jurídico, en la modalidad de contrato de compraventa e hipoteca de un bien inmueble, suscrito por el demandante con la demandada. Con fecha 15.01.1996, el demandante suscribió con la demandada un contrato de compraventa e hipoteca respecto al inmueble denominado stand N° 362, ubicado en el piso tercero de la Galería Comercial Santa Rosa por la suma de US$ 30,100.00. En ese sentido, se pactó en la cláusula tercera que el pago se realizaría de la siguiente forma: i) US$ 2,410.00 a la suscripción del contrato, ii) US$ 3,610.00 en una letras a 60 días con fecha de vencimiento 5 de agosto de 1995 y, iii) US$ 24,080.00 en 60 armadas mensuales que podrían ser reajustadas en base a la máxima tasa de compensación que la demandada aplique a las operaciones financieras. En consecuencia, las armadas serán de US$ 558.00, venciendo la primera de ellas el 4 de noviembre de 1995. Asimismo, en relación con dicha acreencia, se suscribió el pagaré N° 078-SR/L por el importe total. Posterior a ello, el demandante presentó una demanda de nulidad parcial de acto jurídico respecto al contrato, en la cual solicitó al Juez: i) En primer lugar, la nulidad del acápite referido al pago de 60 armadas mensuales por un valor de US$ 558 cada una, ii) la nulidad del pagaré N° 078-SR/L, el cual habría sido constituido como garantía por toda la suma adeuda y, iii) la nulidad de la cláusula de resolución a favor de la demandada. En ese sentido, el debate jurídico se centró en determinar si el contrato suscrito por ambas partes carecería de los elementos sustanciales para existencia o si alguna de las partes habría incurrido en alguna causal de nulidad establecida de forma taxativa por la ley. Materia: Protección al Consumidor Nº de Expediente: INDEC0494. El expediente de derecho al consumidor materia de la presente sustentación versa sobre una disputa jurídica relacionada a la idoneidad de un bien inmueble, el cual fue adquirido en virtud de un contrato de compraventa de bien futuro, respecto a la disminución del área de forma unilateral por el proveedor y la entrega fuera del plazo conforme a lo suscrito en dicho. Con fecha 29.04.2010, el consumidor contrató con el proveedor la adquisición de la propiedad del departamento No. 701 y el estacionamiento simple No. 70. Posteriormente, con fecha 15.10.2012, el consumidor presentó su denuncia ante el INDECOPI debido a que se percató que el proveedor redujo de forma unilateral el área del departamento en casi 4.3% y no habría entregado los inmuebles adquiridos dentro del plazo pactado. Al respecto, el proveedor señaló en su defensa principalmente que, i) No redujo el área de forma unilateral, sino que el área del departamento inicialmente pactada era una aproximación, y; ii) El retraso en la entrega fue por causas que no se le podían imputar, en tanto existieron inconvenientes y demoras administrativas con las empresas encargadas de la instalación de los servicios de agua, alcantarillado y electricidad, los cuáles fueron oportunamente informados al denunciante. En ese sentido, el debate jurídico se centró en determinar si el proveedor atentó contra el deber de idoneidad, establecido en el artículo 18°, y la obligación de los proveedores, establecido en el artículo 19° del Código, por los siguientes comportamientos: i) Reducir de forma unilateral el área del departamento en 4.3% y, ii) No entregar los inmuebles dentro del plazo de acuerdo a lo estipulado en el contrato.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de Limaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulimaes_PE
dc.sourceUniversidad de Limaes_PE
dc.subjectCompensationsen_EN
dc.subjectNullityen_EN
dc.subjectConsumer protectionen_EN
dc.subjectIndemnizacioneses_PE
dc.subjectNulidad (Derecho)es_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subject.classificationDerecho / Derecho civiles_PE
dc.subject.classificationDerecho / Derecho administrativoes_PE
dc.titleInforme de expediente Civil N° ACTJUR0035 sobre: Nulidad Acto Jurídico. Informe de expediente Administrativo N° INDEC0494 sobre: Protección al Consumidores_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
renati.author.dni73373707
renati.jurorRojas Ulloa, Milushka
renati.jurorAtoche Fernández, Paola
renati.jurorPrado Bringas, Rafael
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
renati.discipline421016
ulima.catOI


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