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<title>Repositorio Universidad de Lima</title>
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<dc:date>2026-07-18T23:59:04Z</dc:date>
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<item rdf:about="https://hdl.handle.net/20.500.12724/24984">
<title>Paisajes terapéuticos: "centro de canoterapia para jóvenes adultos con ansiedad generalizada en Lurín, Lima"</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12724/24984</link>
<description>Paisajes terapéuticos: "centro de canoterapia para jóvenes adultos con ansiedad generalizada en Lurín, Lima"
Moran Ovalle, Nicole; Vasquez Rojas, Franco Kevin
La ansiedad generalizada es una enfermedad que puede traer consecuencias graves en ña vida. Los jóvenes entre 15 y 29 años son los más afectados y en el distrito de Lurín, Lima, un gran porcentaje de ellos la padece. En el Perú, los centros de salud mental que tratan estas enfermedades tienen el mismo patrón: ambientes oscuros y fríos que no son diseñados para aportar a la sanación del paciente. El presente trabajo de investigación expone distintas teorías y enfoques de diversos autores, los cuales argumentan sobre la importancia de la naturaleza, los animales y el diseño arquitectónico enfocado en la salud mental, y cómo esto puede contribuir de manera significativa a la mejora de los pacientes que se encuentran llevando un proceso de terapia, Al final de esta investigación se plantea un proyecto arquitectónico de Centro de Terapias Asistidas por Animales Caninos, también llamado canoterapia, que busca explorar el paisaje terapéutico, jardines de horticultura, y la aplicación de la luz natural en la arquitectura como medio de sanación para esta enfermedad.
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<dc:date>2026-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<item rdf:about="https://hdl.handle.net/20.500.12724/24982">
<title>Informe de Expediente Civil, Materia: Divorcio por causal, N° De Expediente: N° 00637-2008-0-1801-JR-FC-09&#13;
Informe de Expediente Administrativo, Materia: Admisión a Trámite, N° De Expediente: N° 118-2022/CCD</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12724/24982</link>
<description>Informe de Expediente Civil, Materia: Divorcio por causal, N° De Expediente: N° 00637-2008-0-1801-JR-FC-09&#13;
Informe de Expediente Administrativo, Materia: Admisión a Trámite, N° De Expediente: N° 118-2022/CCD
Condori Pantoja, Claudia Maria
Materia: Divorcio por causal, N° De Expediente: N° &#13;
00637-2008-0-1801-JR-FC-09: El expediente en cuestión aborda y se centra en el proceso de divorcio por la causal de&#13;
adulterio, causal que se encuentra establecida en el artículo 333, inciso 1 del Código Civil&#13;
(en adelante “El Código”), interpuesto por el señor de iniciales C.J.C. contra su cónyuge,&#13;
de iniciales D.S.L.M. El demandante acudió al 9º Juzgado de Familia del Distrito Judicial&#13;
de Lima a fin de solicitar la disolución del vínculo matrimonial y una indemnización por &#13;
daño moral por el monto de S/.250,000.000, alegando que la cónyuge mantenía relaciones &#13;
adúlteras con otra persona de iniciales J.P.R.T, producto de ello procrearon un hijo &#13;
extramatrimonial, pues la pareja contaba con dos hijos menores de edad.&#13;
Materia: Admisión a Trámite, N° De &#13;
Expediente: N° 118-2022/CCD: El presente caso versa sobre una denuncia interpuesta contra una empresa por presuntos&#13;
actos de engaño, conforme al artículo 8° del Decreto Legislativo N.º 1044, debido a la&#13;
difusión de un anuncio publicitario que ofrecía un paquete turístico a Cartagena; el cual&#13;
incluía pasajes, desayuno y alojamiento en un hotel de cuatro estrellas, desde US$ 460, &#13;
sin que ello sea cierto.&#13;
La Comisión y la Sala adoptaron criterios divergentes al pronunciarse sobre el fondo de&#13;
la controversia. En ese sentido, el órgano de primera instancia declaró fundada la&#13;
denuncia al estimar que el anunciante no logró acreditar la comercialización de algún&#13;
paquete turístico en los términos ofrecidos, al precio de US$ 460. &#13;
Por su parte, la Sala revocó la decisión emitida en primera instancia y declaró infundada&#13;
la denuncia, al considerar que se encontraba acreditado que el anunciante puso a&#13;
disposición de los consumidores un paquete turístico con destino a la ciudad de&#13;
Cartagena, conforme a lo publicitado, a un precio inferior a US$ 460.
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<dc:date>2026-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<item rdf:about="https://hdl.handle.net/20.500.12724/24978">
<title>Informe de Expediente Arbitraje, Materia: Arbitraje - Incumplimiento de contrato, N.° De Expediente: 1430-062-2008&#13;
Informe de Expediente Laboral, Materia: Pago de beneficios sociales y/o indemnización, N.° De Expediente: 05624-2014-0-1801-JR-LA-16</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12724/24978</link>
<description>Informe de Expediente Arbitraje, Materia: Arbitraje - Incumplimiento de contrato, N.° De Expediente: 1430-062-2008&#13;
Informe de Expediente Laboral, Materia: Pago de beneficios sociales y/o indemnización, N.° De Expediente: 05624-2014-0-1801-JR-LA-16
Flores Sanchez, Ariana Patricia
Materia: Arbitraje - Incumplimiento de contrato, N.º&#13;
De Expediente: 1430-062-2008: El expediente bajo análisis versa sobre un proceso arbitral originado por una controversia&#13;
vinculada al alegado incumplimiento de dos contratos de concesión destinados a la&#13;
prestación de servicios de interconexión telefónica. En el marco de dicho proceso, el&#13;
tribunal arbitral declaró infundadas dos de las pretensiones principales formuladas, junto&#13;
con sus respectivas pretensiones accesorias, y declaró fundada una tercera pretensión&#13;
principal.&#13;
Materia: Pago de beneficios sociales y/o &#13;
indemnización, N.° De Expediente: 05624-2014-0-1801-JR-LA-16: El expediente materia de análisis corresponde a un proceso laboral seguido entre una&#13;
trabajadora demandante y una entidad pública demandada, en el cual se cuestiona la&#13;
validez de una modificación unilateral de las condiciones esenciales de trabajo,&#13;
consistente en la reducción de la categoría y de la remuneración, dispuesta al amparo de&#13;
un régimen normativo excepcional. La controversia jurídica se centra en determinar si&#13;
dicho marco excepcional habilita válidamente la imposición de una modificación in peius&#13;
de las condiciones laborales sin el consentimiento de la parte trabajadora.
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<dc:date>2026-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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<item rdf:about="https://hdl.handle.net/20.500.12724/24983">
<title>Informe de Expediente Civil, Materia: Restitución Internacional de Menores No. De Expediente: 06182-2012-0-1801-JR-FC-16&#13;
Informe de Expediente Administrativo, Materia: Protección al Consumidor, No. De Expediente: 173-2017/CPC-INDECOPI-ICA</title>
<link>https://hdl.handle.net/20.500.12724/24983</link>
<description>Informe de Expediente Civil, Materia: Restitución Internacional de Menores No. De Expediente: 06182-2012-0-1801-JR-FC-16&#13;
Informe de Expediente Administrativo, Materia: Protección al Consumidor, No. De Expediente: 173-2017/CPC-INDECOPI-ICA
Mendivil Perez, Kharla Nashyra
Materia: Restitución Internacional de Menores No. De &#13;
Expediente: 06182-2012-0-1801-JR-FC-16: El presente expediente tiene como punto de partida una demanda de restitución&#13;
internacional de menor, formulada al amparo de la Convención de La Haya de 1980,&#13;
mediante la cual se solicita el retorno de la niña a su lugar de residencia habitual, ubicado&#13;
en España. Dicha pretensión se dirige contra la madre, a quien se le imputa haber&#13;
mantenido a la menor en territorio peruano sin la debida autorización, configurándose,&#13;
según lo alegado, una retención ilícita. La controversia se centra, principalmente, en &#13;
establecer si la permanencia de la menor en el Perú encuadra dentro del supuesto de&#13;
retención ilícita previsto en la Convención o si corresponde analizar la aplicación de las &#13;
excepciones contempladas en su artículo 13°, particularmente la de existencia de un&#13;
riesgo grave para su integridad física o psicológica; así como, a la eventual oposición de&#13;
la menor, en atención a su grado de madurez. Bajo esa línea, el análisis no se agota en la&#13;
interpretación de la Convención, sino que exige articularla con principios propios del &#13;
derecho de familia y del sistema de protección de derechos humanos, en especial el &#13;
interés superior del niño y su derecho a ser oído, los cuales resultan determinantes para &#13;
la resolución del caso concreto. Se revisan los fundamentos de los tribunales en primera &#13;
instancia, la sala superior y Corte Suprema en sede casatoria, ponderando la situación &#13;
actual de la menor en Perú, sus vínculos familiares y antecedentes de violencia en el país &#13;
de origen, con el propósito de garantizar su bienestar, estabilidad emocional y desarrollo &#13;
integral, priorizando estos factores por encima de formalismos procesales.&#13;
Materia: Protección al Consumidor, No. De &#13;
Expediente: 173-2017/CPC-INDECOPI-ICA: El expediente materia del presente estudio inició con una denuncia interpuesta por una&#13;
consumidora contra un proveedor bancario, atribuyendo una vulneración a la normativa&#13;
del consumidor reconocida por la legislación. Esta controversia se originó por medio de&#13;
una relación de consumo, la cual pone en debate el incumplimiento de obligaciones&#13;
legales del proveedor bancario en su sistema de seguridad y el deber de idoneidad. El &#13;
objeto de estudio radica en determinar si, a pesar de los hechos constatados durante este &#13;
procedimiento, es legítimo imponer una sanción al denunciado, o verificar si la conducta &#13;
es conforme a derecho. Para ello, el análisis de las pruebas presentadas durante el&#13;
procedimiento y su valoración por las autoridades administrativas son capitales para la&#13;
aplicación del principio de idoneidad en el derecho de protección al consumidor. A lo &#13;
largo del estudio se evidencia que se han aplicado principios del derecho administrativo &#13;
sancionador, tales como el principio de legalidad, el respeto al debido procedimiento, así&#13;
como el deber de debida motivación de las decisiones administrativas, entendiéndose la &#13;
obligación de expresar las razones que justifican la imposición de sanciones. Estos &#13;
principios actúan como un tope al ejercicio de la potestad sancionadora del órgano &#13;
resolutivo administrativo. Paralelamente, también se consideran principios propios del &#13;
derecho del consumidor, en especial el dirigido a la tutela del consumidor, sin que ello &#13;
implique desconocer las garantías mínimas que corresponden al proveedor en su calidad &#13;
de administrado para el ejercicio de su derecho de defensa.
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