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dc.contributor.authorMinaya Alvarado, Flavia
dc.date.accessioned2021-08-10T02:28:46Z
dc.date.available2021-08-10T02:28:46Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.citationMinaya Alvarado, F. (2021). Informe de Expediente Civil No. DE-00365-2010-O-1801-JR-FC-06 Sobre Divorcio por Causal. Informe de Expediente Administrativo No. 0034-2017/CPC-INDECOPI-LAM Sobre: Cláusulas Abusivas y Derecho a la Información [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima.es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/13754
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractMateria: Divorcio por causal El presente caso versó sobre una demanda de divorcio por causal de separación de hecho, en el cual el demandante indicó que solo se contaba con un bien perteneciente a la sociedad de gananciales. En consecuencia, la demandada contestó y planteó reconvención, indicando que se debía declarar el divorcio por abandono injustificado y adulterio. Asimismo, planteó como pretensión accesoria la indemnización. Posteriormente, modificó su reconvención, solicitando el divorcio por abandono injustificado y conducta deshonrosa; además de ello, la demandada solicitó una indemnización por daño moral o que se le adjudique el bien de la sociedad de gananciales. A través de la Resolución N° 21, el Sexto Juzgado declaró el divorcio por separación de hecho y abandono injustificado, adjudicándose el 100% del bien a la demandada e infundado el divorcio por conducta deshonrosa. Ante ello, el demandante interpuso apelación, por lo que mediante Resolución N° 9 la Sala confirmó el divorcio por separación de hecho, declarando infundada la adjudicación e improcedentes los extremos de divorcio por abandono injustificado e indemnización. Luego de ello, la demandada interpuso recurso de casación, emitiéndose la Casación N° 3400-2013, mediante la cual se indicó el apartamiento del Tercer Pleno Casatorio, ordenando la nulidad y que se emita un nuevo fallo. Con posterioridad la Sala emitió la Resolución N° 24, que declaró fundada la demanda por separación de hecho, confirmándose la adjudicación del bien e improcedente el divorcio por abandono1 . Finalmente, el demandante interpuso recurso de casación, por lo que se emitió la Casación N° 4106-2015, a través de la cual se adjudicó únicamente el 25% de la totalidad de acciones y derechos del demandante a favor de la demandada. Materia: Cláusulas abusivas y Derecho a la Información El presente caso versó sobre una denuncia interpuesta por un consumidor, quién indicó que al celebrar un contrato de compraventa de bien futuro, se le había brindado información inadecuada y, además, que se le estaría aplicando una cláusula que resultaría abusiva. En consecuencia, el proveedor denunciado procedió a contestar lo imputado, señalando principalmente que: (i) no se le habría indicado al consumidor que podría acceder a un crédito financiero, siendo que toda la información necesaria se encontraba en el contrato y documentos suscritos; y, (ii) que, el contrato firmado no contendría una cláusula abusiva, en la medida que lo establecido en este era una penalidad, hecho que se encontraba amparado en el Código Civil, motivo por el cual dicha penalidad es permitida aplicarse en casos de incumplimientos. A través de la Resolución Final N° 0259- 2017/INDECOPI-LAM, la Comisión declaró infundado el extremo correspondiente a la falta de información y fundado el hecho de que el contrato tendría una cláusula que efectivamente era considerada abusiva. Ante ello, con fecha 14 de junio de 2017, el proveedor presentó su recurso de apelación contra el extremo declarado fundado por la Comisión, indicando principalmente, que la cláusula cuestionada no era abusiva, sino que esta era una penalidad que se aplicaría al usuario únicamente en caso de incumplimiento; hecho que ocurrió en el presente caso, pues el consumidor, dentro del plazo establecido, no cumplió con el pago correspondiente.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de Limaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess*
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulimaes_PE
dc.sourceUniversidad de Limaes_PE
dc.subjectDivorceen_EN
dc.subjectDe facto separationen_EN
dc.subjectRight to informationen_EN
dc.subjectUnfair termsen_EN
dc.subjectDivorcioes_PE
dc.subjectSeparación de hechoes_PE
dc.subjectDerecho a la informaciónes_PE
dc.subjectCláusulas abusivases_PE
dc.subject.classificationDerecho / Derecho civiles_PE
dc.subject.classificationDerecho / Derecho comerciales_PE
dc.titleInforme de Expediente Civil No. DE-00365-2010-O-1801-JR-FC-06 Sobre Divorcio por Causal. Informe de Expediente Administrativo No. 0034-2017/CPC-INDECOPI-LAM Sobre: Cláusulas Abusivas y Derecho a la Informaciónes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
renati.author.dni76919151
renati.jurorValencia Corominas, Jorge
renati.jurorMendoza Antonioli, Dante
renati.jurorSalas Villalobos, Sergio
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional*
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional*
renati.discipline421016
ulima.catOI


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