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dc.contributor.authorCastillo Pautrat, Santiago Gabriel
dc.date.accessioned2021-10-22T14:56:52Z
dc.date.available2021-10-22T14:56:52Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.citationCastillo Pautrat, S. G. (2021). Informe de Expediente Civil No. 28185-2005-0-1801-JR-CI-25 sobre Indemnización. Informe de Expediente Registral No DE-REGIST0043 sobre Cancelación de Hipoteca por Caducidad [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/14339es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/14339
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractMateria: Indemnización Nº de Expediente: 28185-2005-0-1801-JR-CI-25. La recurrente demanda responsabilidad civil extracontractual por daño emergente y daño a la persona, generados por un pago ordenado por laudo arbitral, derivado de una promesa del hecho de un tercero y una cláusula penal. Materia: Cancelación de Hipoteca por Caducidad Nº de Expediente: DE-REGIST0043. En el año 2002, se solicita la caducidad de la inscripción de una hipoteca otorgada a favor de una Empresa del Sistema Financiero (en adelante, “ESF”), cuya obligación venció en 1973, en aplicación del artículo 3º de la Ley Nº 26639. El Registrador emite esquela de tacha, rechazando la solicitud en virtud del artículo 172º de la Ley Nº 26702, alegando que toda extinción de garantía real constituida a favor de una ESF, requiere ser declarada por la misma acreedora. Frente a lo anterior, el solicitante interpone recurso de apelación. Posteriormente, el Tribunal Registral revoca la tacha y dispone la inscripción, considerando que: (i) a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26639, es decir, el 25.09.1996, ya se había cumplido el plazo previsto en el artículo 3º de la referida norma; y, (ii) la Ley Nº 26702 no ha regulado la no aplicación del levantamiento de inscripción de hipoteca por caducidad de plazo, para los casos en los que ya se había computado dicho plazo.es_PE
dc.formatapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad de Lima
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess*
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulimaes_PE
dc.sourceUniversidad de Limaes_PE
dc.subjectCompensationen_EN
dc.subjectArbitrationen_EN
dc.subjectMortgagesen_EN
dc.subjectFinancial institutionsen_EN
dc.subjectIndemnizaciónes_PE
dc.subjectArbitrajees_PE
dc.subjectHipotecases_PE
dc.subjectInstituciones financierases_PE
dc.subject.classificationDerecho / Derecho civiles_PE
dc.titleInforme de Expediente Civil No. 28185-2005-0-1801-JR-CI-25 sobre Indemnización. Informe de Expediente Registral No DE-REGIST0043 sobre Cancelación de Hipoteca por Caducidades_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
dc.publisher.countryPE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
renati.author.dni71526657
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional*
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional*
renati.discipline421016
ulima.catOI


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