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dc.contributor.authorArroyo Rodriguez, Miguel Alberto
dc.date.accessioned2023-07-24T21:15:07Z
dc.date.available2023-07-24T21:15:07Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.citationArroyo Rodriguez, M. A. (2022). Informe de Expediente Civil N° 00409-2009-0-3207-JR-FC-01 sobre: Divorcio por Causal. informe de Expediente Administrativo N° 783-2015/CC1 sobre: Protección al Consumidor [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/18548es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/18548
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractMateria: Divorcio por Causal. Nº de Expediente: 00409-2009-0-3207-JR-FC-01. El caso materia de análisis recoge un proceso de divorcio bajo la invocación de las causales previstas en el Código Civil. Es así que se discute si un cónyuge más perjudicado y, por ende, si se amerita otorgar la indemnización En adición a ello, el Expediente contiene sentencias contradictorias, lo cual permite un análisis desde la perspectiva del derecho procesal civil. Materia: Protección al Consumidor. Nº de Expediente: 783-2015/CC1. El presente expediente es sobre una denuncia interpuesta por la denunciante en contra de la denunciada (en adelante “Clínica”) por presuntas infracciones la Ley Nº 29571 Por un lado, la denunciante denunció a la Clínica por una infracción consistente en que su personal le habría realizado un vendaje inadecuado en su pierna derecha al ejercer demasiada presión lo cual le generó una parestesia temporal. Es dicho extremo el que generó resoluciones contradictorias por parte de la Comisión y la Sala lo que será materia de análisis en el presente procedimiento. Por otro lado, la denunciante también denunció a la Clínica por presunta infracción a su deber de atención de reclamos al no haber dado respuesta al reclamo que presentó en su libro de reclamaciones. Si bien dicho extremo fue declarado fundado en primera instancia, sancionado con una amonestación y no impugnado por las partes en lo referido al fondo del asunto, la denunciante sí impugnó el extremo de la sanción impuesta al considerar que la misma debió ser pecuniaria. En ese sentido, se analizará si la denunciante contaba con interés para impugnar la sanción impuesta a la Clínica en el extremo referido a la infracción por la no atención del reclamo.es_PE
dc.formatapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad de Lima
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess*
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulimaes_PE
dc.sourceUniversidad de Limaes_PE
dc.subjectDivorcioes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectDivorcees_PE
dc.subjectConsumer protectiones_PE
dc.titleInforme de expediente Civil N° 00409-2009-0-3207-JR-FC-01 sobre: Divorcio por Causal. informe de expediente Administrativo N° 783-2015/CC1 sobre: Protección al Consumidores_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derechoes_PE
dc.publisher.countryPE
dc.type.otherTrabajo de suficiencia profesional
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
renati.discipline421016
renati.author.dni75210261
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional*
renati.jurorCanelo Rabanal, Raúl
renati.jurorAtoche Fernández, Paola
renati.jurorMendoza Antonioli, Dante
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional*
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
ulima.cat9


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