Informe de Expediente Civil, Materia: Nulidad de Acto Jurídico, Expediente N° 01742-2012-0-01501-JR-CI-03. Informe de Expediente Administrativo, Materia: Inicio de Procedimiento Concursal Ordinario, No. de Expediente: 0088-2015/ILN-CCO
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2023Autor(es)
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Materia: Nulidad de Acto Jurídico
Nº de Expediente: 01742-2012-0-01501-JR-CI-03. El siguiente informe examina los aspectos más destacados del Expediente N° 01742-
2012-0-01501-JR-CI-03, el cual aborda una demanda de nulidad de acto jurídico. El
demandante, en virtud de sus reclamaciones, busca: (i) la nulidad del acto jurídico
correspondiente a la compraventa realizada el 10 de septiembre de 2002; y (ii) la
reivindicación del bien inmueble objeto de dicha transacción. Materia: Inicio de procedimiento concursal ordinario. N°
de Expediente: 0088-2015/ILN-CCO. En el presente informe, se analiza un expediente administrativo en materia concursal, el
cual se origina a partir de la solicitud presentada por la C. I. R. S.R.L. para dar inicio a un Procedimiento Concursal Ordinario en contra de P. T. C. S.A.C. La razón de esta
solicitud radica en las obligaciones pendientes que P. T. C. S.A.C. tiene con la
mencionada corporación, ascendiendo a S/ 219,572.92 en concepto de capital, S/ 894.03
por intereses y S/ 170 por gastos y costos asociados. Estas obligaciones tienen su origen
en el incumplimiento de pago de facturas que surgieron de un convenio de compraventa
de residuos de recursos hidrobiológicos. La solicitud de inicio del Procedimiento
Concursal Ordinario fue presentada y posteriormente aceptada por la Comisión de
Procedimientos Concursales de Lima Norte. Esta comisión notificó a P. T. C. S.A.C. para
que emita su opinión respecto al inicio del procedimiento concursal. Como respuesta, P.
T. C. S.A.C. decidió liquidar completamente la deuda que mantenía con la C. I. R. S.R.L.
a través de una consignación realizada mediante un certificado de depósito judicial. Sin embargo, esta consignación se efectuó después de que venciera el plazo legal establecido
para dicho pago, lo que llevó a la Sala a determinar que dicho pago no cumplía con los
requisitos necesarios según las normativas de apersonamiento al proceso establecidas en
la Ley General del Sistema Concursal En el transcurso de este informe, se evaluará la
validez de los pagos efectuados al acreedor después de expirar el plazo legal para que el
deudor se presente, con el objetivo de determinar si los pagos realizados son adecuados para que INDECOPI desestime la solicitud de iniciar el Procedimiento Concursal
Ordinario y archive el procedimiento.
Cómo citar
Valer Llerena, S. (2023). Informe de Expediente Civil, Materia: Nulidad de Acto Jurídico, Expediente N° 01742-2012-0-01501-JR-CI-03. Informe de Expediente Administrativo, Materia: Inicio de Procedimiento Concursal Ordinario, No. de Expediente: 0088-2015/ILN-CCO [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/20137Editor
Universidad de LimaNota
No se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
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