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dc.contributor.authorQuiñones Costa, Cesar Humberto
dc.date.accessioned2024-04-22T16:28:52Z
dc.date.available2024-04-22T16:28:52Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.citationQuiñones Costa, C. H. (2023). Informe de Expediente Civil, materia: arbitraje de derecho resolución de contrato de arrendamiento, No. de Expediente: DE-ARBIT0126. Informe de Expediente Administrativo, materia: libre competencia, No. de Expediente: 007-2007/CLC-INDECOPI [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio Institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/20275es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/20275
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractInforme de Expediente Civil. Materia: Arbitraje de Derecho – Resolución de contrato de arrendamiento Nº de Expediente: DE-ARBIT0126. El presente informe jurídico trata sobre un proceso arbitral iniciado por una empresa arrendadora contra una empresa arrendataria, en virtud de un contrato de arrendamiento comercial que contenía una cláusula arbitral. De acuerdo con los hechos, la empresa arrendadora demanda la resolución del contrato antedicho, el pago de la renta devengada entre agosto de 2013 a octubre de 2014 a la empresa arrendataria, que ascendía a la suma de USD 60,000.00 más intereses, y el pago de las costas y costos del proceso arbitral. A su vez, la empresa arrendataria contesta la demanda señalando que el pago de la renta estaría subordinada a la puesta a disposición del local arrendado, hecho que nunca ocurrió en tanto los arrendadores habrían estado empleando el mismo para almacenar bienes. Tras el proceso arbitral correspondiente, el tribunal arbitral declaró, por mayoría, infundada la demanda, en tanto determinó que el contrato de arrendamiento había quedado resuelto por mutuo disenso antes de que el mismo entrara en vigencia. El laudo en minoría, por su parte, señaló que era necesario seguir algún tipo de formalidad para lograr la extinción del contrato por mutuo disenso y, en tanto dicha formalidad no habría ocurrido, opinó que la demanda debió haber sido declarada fundada respecto a la pretensión de pago de la renta devengada y sus intereses. Informe de Expediente Administrativo. Materia: Libre competencia. Nº de Expediente: 007-2007/CLC-INDECOPI. El presente informe jurídico trata sobre un procedimiento administrativo sancionador de libre competencia iniciado por una empresa franquiciante de una marca de comida rápida contra (i) una empresa que se dedicaba a la administración de un centro comercial y que arrendaba locales comerciales para venta de comida rápida en dicho centro comercial, (ii) una empresa franquiciante de una marca de comida rápida que competía con la denunciante, y (iii) determinadas personas naturales que ejercerían labores de dirección respecto a las empresas denunciadas, por haber incurrido en prácticas restrictivas de la competencia en la modalidad de negativa concertada e injustificada a contratar. La práctica, bajo la tesis del denunciante, se habría materializado a través de contratos de arrendamiento celebrados entre las empresas denunciadas, en los que existía una cláusula que impedía a la empresa administradora del centro comercial alquilarle un local comercial en dicho centro comercial a la titular de la marca de comida rápida de la que la denunciante es franquiciante, o a sus franquiciantes. Las empresas denunciadas señalaron ante la denuncia que ninguna de estas ostentaba una posición de dominio en el mercado relevante adecuadamente definido y que, en cualquier caso, la restricción vertical estaba justificada en eficiencias propias del mercado. Tras la fase probatoria del procedimiento, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia recomendó a la antedicha Comisión desestimar la denuncia, en tanto encontró que la administradora de centros comerciales denunciada no ostentaba una posición dominante. Ante ello, sin embargo, la Comisión resolvió declarar fundada la denuncia y multar a las denunciadas. Tras las apelaciones correspondientes, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal declaró nula la resolución de primera instancia, e integrando resolvió declarar infundada la denuncia.es_PE
dc.formatapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad de Lima
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess*
dc.sourceRepositorio Institucional Ulima
dc.sourceUniversidad de Lima
dc.titleInforme de Expediente Civil, materia: arbitraje de derecho resolución de contrato de arrendamiento, No. de Expediente: DE-ARBIT0126 Informe de Expediente Administrativo, materia: libre competencia, No. de Expediente: 007-2007/CLC-INDECOPIes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerecho
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derecho
thesis.degree.levelTítulo profesional
dc.type.otherTrabajo de suficiencia profesional
thesis.degree.nameAbogado
dc.publisher.countryPE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
renati.author.dni73494415
renati.advisor.orcidPendiente
renati.advisor.dniPendiente
renati.jurorPendiente
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional*
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional*
renati.discipline421016
ulima.catOI


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