Las hipotecas de máximo en el sistema de garantías peruano. ¿Qué ocurre con los principios de accesoriedad y especialidad en cuánto al crédito en las hipotecas de máximo?
Ver/
Varsi_Torres.pdf
(application/pdf: 464.3Kb)
(application/pdf: 464.3Kb)
Fecha
2019Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente artículo los autores analizan, desde la doctrina y
jurisprudencia, tanto nacional como comparada, el tratamiento de las hipotecas de
máximo, su significado, principales caracteres, problemas en torno a su aplicación,
y diversos aspectos propios de la función económica que cumple en el tráfico
jurídico. La hipoteca de máximo supone que las partes establezcan, al momento de
su constitución, un importe máximo de responsabilidad hipotecaria, lo cual dada su
flexibilidad ha permitido nuevos productos financieros y de crédito. Ello ha generado
un cuestionamiento a la existencia de los principios de accesoriedad y especialidad,
pues cuando aquella se constituye no existe un crédito determinado.
Cómo citar
Varsi Rospigliosi, E. y Torres Maldonado, M. A, (2018). Las hipotecas de máximo en el sistema de garantías peruano. ¿Qué ocurre con los principios de accesoriedad y especialidad en cuánto al crédito en las hipotecas de máximo? Ius et Veritas, (58), 76-85. https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201802.004Editor
Asociación Civil Ius et VeritasCategoría / Subcategoría
Derecho / Derecho civilRecurso(s) relacionado(s)
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201802.004Revista
Ius et VeritasNota
Indexado en DOAJ Con la colaboración de Mariana Aguilar Ávila, estudiante de Derecho y asistente de investigación en el Instituto de Investigación Científica (IDIC) de la Universidad de Lima. Revista indexada en Latindex - Catálogo 2.0
Coleccion(es)
- Derecho [195]
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: