Deducibilidad de las provisiones de cobranza dudosa garantizadas en virtud del régimen de garantía mobiliaria
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2020Asesor(es)
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El presente trabajo de investigación se enfoca en analizar la problemática suscitada en la deducibilidad de la provisión de cobranza dudosa cuando se determina la renta neta empresarial; en el supuesto que, con posterioridad al otorgamiento de una garantía mobiliaria pero antes de su ejecución, los bienes que respaldan dicha garantía sufran una pérdida o deterioro que disminuye la probabilidad de recuperación del importe de la cuenta por cobrar inicialmente garantizada; en consecuencia, se determine una provisión por cobranza dudosa relacionada con dicho deterioro real de los bienes. Y que según la autoridad tributaria peruana no sería deducible en la medida que dicho supuesto no se encontraría recogido en la Legislación del Impuesto a la Renta; sin embargo, nosotros desarrollaremos argumentos que nos permita darle contenido a nuestro trabajo de investigación en virtud del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y otras normas jurídicas.
Cómo citar
Araujo Sanchez, J. M., & Landa Davila, R. G. (2020). Deducibilidad de las provisiones de cobranza dudosa garantizadas en virtud del régimen de garantía mobiliaria [Trabajo de Investigación para optar el Grado Académico de Maestro en Tributación y Política Fiscal, Universidad de Lima]. Repositorio Institucional de la Universidad de Lima.Editor
Universidad de LimaCategoría / Subcategoría
Derecho / Derecho tributarioTemas
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