Informe de Expediente Civil, materia: divorcio por casual, No. de Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02 Informe de Expediente Administrativo, materia: protección al consumidor, No. de Expediente: 055-2013/ILN-CPC
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Materia: Divorcio por casual
No. De Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02. En el proceso materia de la presente redacción, se discute un divorcio, por la causal de
separación de hecho, y se plantean como pretensiones accesorias la determinación de alimentos a favor del hijo menor de las partes, así como su tenencia. La demanda se tramitó a través de un proceso de conocimiento. Una vez emplazada la demandada, esta solicitó se declare infundada la demanda, y, además, pretendió se le abone una indemnización, por la suma de S/ 50,000.00 (Cincuenta mil soles con 00/100
soles), por concepto de daño psicológico, y moral. Luego de saneado el proceso, se fijaron los puntos controvertidos, se admitieron los medios de prueba de ambas partes, y se realizó la audiencia de pruebas.
En la sentencia de primera instancia, se resolvió declarar fundada en parte la demanda,
determinando extinto el vínculo matrimonial entre las partes, se declaró improcedente la
pretensión de alimentos, y se dispuso el valor de S/1,500.00 (Mil quinientos con 00/100 soles), por concepto de indemnización para la cónyuge perjudicada. Contra tal decisión,
la demandada interpuso recurso de apelación, el mismo que dio lugar a una sentencia de
vista confirmatoria, en el extremo que declaró fundada en parte la demanda, y revocó y reformó el extremo referente al monto indemnizatorio, fijándose este último en el importe
de en S/ 3,000.00 (Tres mil con 00/100 soles). La demandada interpuso un recurso de casación un contra esta decisión, el mismo que fue declarado improcedente, puesto que se pretendía un reexamen probatorio, lo cual, no corresponde a los fines de este medio impugnatorio.
Materia: Protección al Consumidor
Nº de Expediente: 055-2013/ILN-CPC. versa respecto de un procedimiento administrativo de protección al
Consumidor, promovido por una denuncia interpuesta ante el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, por un consumidor, precisamente contra un proveedor, el cual, presuntamente, le habría vendido un vehículo defectuoso; y, que, en aplicación de la garantía comercial, no habría brindado la solución adecuada a las fallas que citado bien mueble presentaba.
Cuando se admitió la denuncia y se formularon los respectivos cargos, de oficio se incluyó en el procedimiento a la empresa que intervino en el financiamiento del
automóvil, mediante el sistema de fondos colectivos. Ante los descargos de ambos
imputados, en primera instancia se declaró fundada la imputación de cargos, formulada contra ambos proveedores. Posteriormente, como consecuencia de los recursos de apelación interpuestos, la Sala del Tribunal de Indecopi revocó la resolución impugnada
respecto de la entidad que participó del financiamiento, y declaró la nulidad parcial de la resolución, respecto de la entidad vendedora del auto.
How to cite
Oblea Medina, B. R. (2023). Informe de Expediente Civil, materia: divorcio por casual, No. de Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02. Informe de Expediente Administrativo, materia: protección al consumidor, No. de Expediente: 055-2013/ILN-CPC [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio Institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/20272Publisher
Universidad de LimaNote
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