Show simple item record

dc.contributor.authorOblea Medina, Bruno Rafael
dc.date.accessioned2024-04-22T16:28:48Z
dc.date.available2024-04-22T16:28:48Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.citationOblea Medina, B. R. (2023). Informe de Expediente Civil, materia: divorcio por casual, No. de Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02. Informe de Expediente Administrativo, materia: protección al consumidor, No. de Expediente: 055-2013/ILN-CPC [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio Institucional de la Universidad de Lima. https://hdl.handle.net/20.500.12724/20272es_PE
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12724/20272
dc.descriptionNo se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.es_PE
dc.description.abstractMateria: Divorcio por casual No. De Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02. En el proceso materia de la presente redacción, se discute un divorcio, por la causal de separación de hecho, y se plantean como pretensiones accesorias la determinación de alimentos a favor del hijo menor de las partes, así como su tenencia. La demanda se tramitó a través de un proceso de conocimiento. Una vez emplazada la demandada, esta solicitó se declare infundada la demanda, y, además, pretendió se le abone una indemnización, por la suma de S/ 50,000.00 (Cincuenta mil soles con 00/100 soles), por concepto de daño psicológico, y moral. Luego de saneado el proceso, se fijaron los puntos controvertidos, se admitieron los medios de prueba de ambas partes, y se realizó la audiencia de pruebas. En la sentencia de primera instancia, se resolvió declarar fundada en parte la demanda, determinando extinto el vínculo matrimonial entre las partes, se declaró improcedente la pretensión de alimentos, y se dispuso el valor de S/1,500.00 (Mil quinientos con 00/100 soles), por concepto de indemnización para la cónyuge perjudicada. Contra tal decisión, la demandada interpuso recurso de apelación, el mismo que dio lugar a una sentencia de vista confirmatoria, en el extremo que declaró fundada en parte la demanda, y revocó y reformó el extremo referente al monto indemnizatorio, fijándose este último en el importe de en S/ 3,000.00 (Tres mil con 00/100 soles). La demandada interpuso un recurso de casación un contra esta decisión, el mismo que fue declarado improcedente, puesto que se pretendía un reexamen probatorio, lo cual, no corresponde a los fines de este medio impugnatorio. Materia: Protección al Consumidor Nº de Expediente: 055-2013/ILN-CPC. versa respecto de un procedimiento administrativo de protección al Consumidor, promovido por una denuncia interpuesta ante el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, por un consumidor, precisamente contra un proveedor, el cual, presuntamente, le habría vendido un vehículo defectuoso; y, que, en aplicación de la garantía comercial, no habría brindado la solución adecuada a las fallas que citado bien mueble presentaba. Cuando se admitió la denuncia y se formularon los respectivos cargos, de oficio se incluyó en el procedimiento a la empresa que intervino en el financiamiento del automóvil, mediante el sistema de fondos colectivos. Ante los descargos de ambos imputados, en primera instancia se declaró fundada la imputación de cargos, formulada contra ambos proveedores. Posteriormente, como consecuencia de los recursos de apelación interpuestos, la Sala del Tribunal de Indecopi revocó la resolución impugnada respecto de la entidad que participó del financiamiento, y declaró la nulidad parcial de la resolución, respecto de la entidad vendedora del auto.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de Limaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess*
dc.sourceRepositorio Institucional - Ulimaes_PE
dc.sourceUniversidad de Limaes_PE
dc.titleInforme de Expediente Civil, materia: divorcio por casual, No. de Expediente: 01715-2011-0-0410-JM-FC-02 Informe de Expediente Administrativo, materia: protección al consumidor, No. de Expediente: 055-2013/ILN-CPCes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de Lima. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
renati.author.dni71233655
renati.jurorMissiego del Solar, Joaquin
renati.jurorJimenez Rodríguez, Carlos
renati.jurorTorres Maldonado, Marcos
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional*
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional*
renati.discipline421016
ulima.catOI


Files in this item

Thumbnail
Thumbnail
Thumbnail
Thumbnail

This item appears in the following Collection(s)

Show simple item record