Informe de expediente civil, materia: indemnización por daños y perjuicios en un proceso abreviado, Exp. N° 17136-2009-0-1801-JR-CI-31 Informe de expediente administrativo, materia: denuncia por competencia desleal, N° de Expediente: 129-2020/CCD
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Materia: Indemnización por daños y perjuicios en un proceso abreviado
Nº de Expediente: 17136-2009-0-1801-JR-CI-31. Consta bajo el número de expediente 17136-2009-0-1801-JR-CI-31 el proceso judicial de indemnización a través del cual se han puesto en tela de juicio los daños ocasionados por los señores J.C.C.L. y E.A.L.B. (en lo sucesivo, los DEMANDADOS o, de manera individual, el señor C y el señor L) quienes, denunciaron a los señores R.A.P. y M.D.Q.C. (en lo sucesivo, los DEMANDANTES) por el delito en contra del patrimonio – usurpación agravada. Producto de la denuncia, presuntamente falsa, según los Demandantes, se exige una indemnización por los graves daños económicos, en forma de lucro cesante y daño emergente, así como también daños morales sufridos por estos últimos. En la contestación se señala que la demanda de indemnización por daños y perjuicios no cuenta con sustentos probatorios, sosteniendo, entre otras cosas, que no habían interpuesto una denuncia basada en hechos falsos, sino que en el ejercicio regular de su derecho como poseedores del inmueble y, por consiguiente, la demanda no tenía asidero legal debiendo ser declarada infundada.
Por lo tanto, era tarea del Poder Judicial determinar si correspondía o no conceder a favor de los Demandantes la indemnización por S/100,000.00 (cien mil con 00/100 Soles) por los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la, presuntamente, falsa denuncia penal de usurpación interpuesta por los Demandados.
Materia: Denuncia por Competencia Desleal
Nº de Expediente: 129-2020/CCD. El presente expediente consiste en una denuncia administrativa iniciada de oficio por la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en lo sucesivo, la Secretaría Técnica) contra la empresa F.B.S.A.C. (en adelante, Fuxion), por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño conforme a lo expuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo N°1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal.
El procedimiento administrativo es iniciado con la finalidad de imputar los actos de competencia desleal por la publicación en su página de Facebook, en la que Fuxion realizó un anuncio publicitario de los productos Fuxion “Veramás”, “Bio Protect”, “Protein Active”, “No Stress” y, por último, “Vita Extra T”. De acuerdo a lo valorado por la Secretaría Técnica, Fuxion estaría transmitiéndole a los consumidores información que no sería cierta y, por ende, existiría la posibilidad de estar ante una situación de competencia desleal.
En ese sentido, por medio del presente Informe Escrito se analiza el expediente administrativo con la finalidad de corroborar los hechos, así como argumentos de las partes que, finalmente, concluyeron en una infracción de parte de Fuxion como consecuencia de la publicidad engañosa realizada por la empresa y advertido por la Secretaría Técnica.
How to cite
Carhuayo Llanos, S. E. (2024). Informe de expediente civil, materia: indemnización por daños y perjuicios en un proceso abreviado, Exp. N° 17136-2009-0-1801-JR-CI-31 Informe de expediente administrativo, materia: denuncia por competencia desleal, N° de Expediente: 129-2020/CCD. [Trabajo de suficiencia profesional para optar el Título Profesional de Abogado, Universidad de Lima]. Repositorio Institucional de la Universidad de Lima. HandlePublisher
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