Informe de Expediente Civil, Materia: Divorcio por Causal, No. De Expediente: 07401-2018-0-0401-JR-FC-01 Informe de Expediente Penal, Materia: Robo agravado, No. De Expediente: 03476-2014-0-1308-JP-PE-02

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Materia: Divorcio por Causal, No. De Expediente: 07401-2018-0-0401-JR-FC-01. El expediente trata de una demanda de divorcio por causal de separación de hecho, interpuesta por J.C.B.M. contra M.I.C.C., solicitando la disolución del vínculo matrimonial por violencia familiar y separación de hecho. El Juzgado de Familia de la Corte Superior de Arequipa emitió una sentencia declarando infundada la demanda. Frente a esta decisión, el demandante, interpuso un recurso de apelación, donde Sala Superior, emitió su sentencia de vista, en la cual revocó la sentencia de primera instancia que había declarado infundada la demanda y reformándola declararon fundada la demanda, se declaró disuelto el vínculo matrimonial entre J.C.B.M. y M.I.C.C.
Materia: Robo agravado, No. De Expediente: 03476-2014-0-1308-JP-PE-02. El presente expediente trata sobre una denuncia por el delito de robo agravado. La persona de iniciales L.A.T.B. (agraviado) denuncia ante la DOES PNP Huacho1(Comisaria de Cruz Blanca) que, el día 14 de diciembre de 2014, a las 04:00 horas, cuando se encontraba laborando como chofer de mototaxi (placa A3-7386) en la jurisdicción de Huaura, Huacho, Hualmay Santa María, fue interceptado por dos sujetos en un mototaxi (placa 6881-3S), quienes lo amenazaron con un desarmador y piedras, agrediéndolo y apropiándose de un celular, un canguro que llevaba la suma de S/ 350.00 Nuevos Soles, en billetes y la suma de S/ 25.00 Nuevos Soles, en monedas, así como de las puertas delanteras y el piso del asiento posterior del mototaxi conducido por el agraviado.
En primera instancia, el Juzgado Penal Colegiado Supranacional de Huaura, emite la Sentencia contenida en la Resolución Nro. 08 de fecha 03 de setiembre de 2015, mediante la cual resuelve CONDENAR a la persona de iniciales A.A.M.L., por la comisión del delito contenido en los incisos 2, 3, 4 y 8 del primer párrafo del artículo 189º del Código Penal; imponiéndole una pena privativa de libertad efectiva de 12 años y fijando una reparación civil de S/ 600.00 Nuevos Soles. Por otro lado, en segunda instancia, la Sala Penal de Apelaciones y Liquidación de la Corte Superior de Justicia de Huaura, emite la Sentencia de Segunda Instancia, contenida en la Resolución Nro. 12 de fecha 19 de noviembre de 2015, mediante la cual, se CONFIRMA la Sentencia.
Por último, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República, emite la Casación Nro. 158.2016-HUAURA, mediante la cual declaran FUNDADO el recurso de casación, ordenando CASAR la Sentencia de Segunda Instancia (Resolución Nro. 12) y actuando en sede de instancia, REVOCARON la Sentencia (Resolución Nro. 08) y reformándola, ABSOLVIERON a la persona de iniciales A.A.M.L.
Publisher
Universidad de LimaCollections
