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Informe de Expediente Arbitraje, Materia: Ejecución de Laudo Arbitral, No. de Expediente 04040-2019-0-0401-JR-CI-09. Informe de Expediente Administrativo, Materia: Competencia Desleal en la Modalidad de Engaño, No. de Expediente 204-2018/CCD

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Resumen
(application/pdf: 289.6Kb)
Trabajo
(application/pdf: 18.11Mb)
Autorización
(application/pdf: 32.66Kb)
Reporte de similitud
(application/pdf: 1.245Mb)
Fecha
2025
Autor(es)
Berckholtz Rocha, Daniela
Metadatos
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Resumen
Materia: Ejecución de Laudo Arbitral, No. de Expediente 04040-2019-0-0401-JR-CI-09. El presente expediente trata sobre el contrato que suscribieron una institución educativa con una empresa de suministros. La Institución educativa solicita carpetas para sus facultades a la empresa proveedora, pero al realizar el pago por el suministro se presentó el problema cuando la institución realizó la retención injustificada como concepto de penalidad por mora correspondiente a la primera entrega como las garantas por concepto de adelanto y de fiel cumplimiento. Tras ello, la empresa presentó su demanda la cual fue subsanada. Materia: Competencia Desleal en la Modalidad de Engaño, No. de Expediente 204-2018/CCD. Con fecha 31 de octubre del 2018, la AINCUS interpuso denuncia ante la Comisión Fiscalizadora de la Competencia Desleal del INDECOPI contra la empresa L.S.A., estableciendo lo siguiente: Que en amparo de la Ley N°29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, se inicie el Procedimiento Administrativo en defensa de interés difuso de los consumidores contra L.S.A., presentando la denuncia por causal de publicidad engañosa, ello debido a que L.S.A. Estaría presuntamente incumpliendo con el Decreto Legislativo N°1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal al estar ejerciendo actos de engaño. Al respecto, AINCUS estableció que en el mes de octubre del año 2018 tomó conocimiento que L.S.A. vendría impulsando en diversos puntos de venta tres tipos de leche evaporada: entera, sin lactosa y niños, donde los productos se encontraban consignados como leche evaporada y 100% leche de vaca, lo que resultaría falso al consignarse como ingredientes otros que no son leche sino productos lácteos recombinados y/o reconstituidos constituyéndose en publicidad engañosa, la que también se vendría difundiendo por internet y redes sociales.
URI
https://hdl.handle.net/20.500.12724/24543
Editor
Universidad de Lima
Temas
Pendiente
Coleccion(es)
  • Trabajos de suficiencia profesional [882]


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