Arbitraje obligatorio y de derecho en la contratación pública
Abstract
En el Perú, el arbitraje relativo a controversias sobre contratación de bienes y servicios y contratos de obra con el Estado, es obligatorio y de Derecho. Incluso, el Decreto Supremo n.° 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que si en el contrato no se incorpora un convenio arbitral, se considerará incorporado — de pleno derecho— una cláusula modelo. Asimismo, la Ley de Contrataciones del Estado establece que el arbitraje será de derecho. Sin embargo, la propia Ley contempla la posibilidad de que los árbitros designados por las partes (en un tribunal colegiado) puedan ser de otras profesiones distintas a la abogacía (regla general en un arbitraje de derecho).
Publisher
Fundación Iuris TantumSubject
Related Resource(s)
https://www.revista-rbd.com/articulos/2011/204-221.pdfJournal
Revista Boliviana de DerechoISSN
2070-8157Collections
- Derecho [101]


